Cómo calcular el salario bruto diario a efectos de determinar la indemnización por despido

1. Introducción

Para determinar el importe de una indemnización por despido (improcedente, objetivo, extinción por voluntad del trabajador…) es imprescindible calcular, en primer lugar, el importe del salario bruto diario, que también será el que se tenga en cuenta para cuantificar los salarios de tramitación.

Son frecuentes los errores en este sentido, porque ―en no pocas ocasiones― los profesionales entienden erróneamente que un mes tiene siempre 30 días y que, por tanto, el salario mensual ha de dividirse entre 30 (o el salario anual entre 360 días).

En el presente artículo se pretende mostrar la forma correcta de calcular el salario bruto diario a efectos de determinar la indemnización por despido.

Además, para cualquier otra duda relacionada con la información contenida en este artículo, en González Cuesta Abogados estamos especializados en asesoramiento jurídico para este tipo de casos relacionados con Derecho Laboral

2. Salario regulador

El salario a tener en cuenta es, con carácter general, el devengado en el momento del despido, computando todas las percepciones salariales: salario base, antigüedad, complementos, parte proporcional de pagas extraordinarias, etc. Si hay retribuciones variables (v. gr.: comisiones, productividad, bonus, etc.) se debe tomar en consideración la media aritmética de los últimos 12 meses.

No se tienen en cuenta las percepciones extrasalariales (por ejemplo: dietas, ticket restaurante, kilometraje, plus de transporte, propinas, etc.). Según la jurisprudencia, las horas extraordinarias sólo se tienen en cuenta si se perciben habitualmente, pero no si son ocasionales o esporádicas.

El salario diario que se utiliza para calcular la eventual indemnización es el cociente resultante de dividir la retribución global anual por los 365 días que al año corresponden.

En concreto, en la determinación del salario diario, la Sala de lo Social de nuestro Tribunal Supremo ha unificado doctrina, entre otras, en las siguientes sentencias:

    • STS de 27 de octubre de 2005, Recurso n.º 2531/2004;
    • STS de 30 de junio de 2008, Recurso n.º 2639/2007;
    • STS de 24 de enero de 2011; Recurso n.º 2018/2010;
    • STS de 9 de mayo de 2011, Recurso n.º 2374/2010; y
    • STS de 17 de diciembre de 2013, Recurso n.º 521/2013.

Así, el Alto Tribunal entiende que el salario bruto diario «no puede sino consistir en el cociente que resulte de dividir ―supuesto de declararse probado el salario anual― esta retribución global por los 365 días que al año corresponden (366 para el caso de año bisiestos); y no por la cifra que en definitiva se mantiene en la decisión recurrida, la de 360 días, que es el resultado obtenido al multiplicar los dos divisores utilizados (12×30) y que responde al erróneo criterio de prescindir que la mensualidad tiene el promedio real de 30,42 días (365/12) y atender a los artificiales 30 días a menudo utilizados por la práctica forense (…)».

3. Ejemplo práctico

  • Salario bruto mensual:………………………………………… 1.705,97 €/mes.
  • Parte proporcional de pagas extraordinarias:…………… 284,32 €/mes.

  • Total bruto mensual:……………………………………………….. 1.990,29 €/mes.

  • Total salario bruto anual: 1.990,29 € × 12 meses = 23.883,48 €/año.
  • Salario bruto diario: 23.883,48 € ÷ 365 días = 65,43 €/día.

4. Antigüedad en la empresa

Para el cálculo de la indemnización por despido se tienen en cuenta los años de servicio para la empresa (desde la fecha de ingreso  hasta la del despido), prorrateándose por meses completos los períodos de tiempo inferiores a un año; es decir, los tiempos inferiores a un mes se redondean a mes completo.

Por ejemplo: Un trabajador que lleva prestando servicios para una empresa durante 5 años, 2 meses y 7 días, tiene una antigüedad a efectos de despido de 5 años y 3 meses (= 5,25 años) para el cálculo de la indemnización.

La excedencia  voluntaria o la forzosa, que se tienen en cuenta para la antigüedad, no computan para el cálculo de la indemnización por despido. Sin embargo, sí que computa la excedencia por cuidado de hijo o familiar dentro del segundo grado.

En conclusión, ya ves que hay muchos y diversos factores que influyen en el cálculo de la indemnización por despido y no siempre es fácil. Por ello, si quieres evitar errores, puedes pedirnos que calculemos la indemnización. De ese modo, estarás seguro de que lo has hecho bien y te evitarás futuras reclamaciones y problemas.

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