Reclama el Complemento de Paternidad con los mejores abogados y garantiza una mejora en tu pensión

En González Cuesta Abogados Gijón realizamos la tramitación de la reclamación del complemento de paternidad para hombres jubilados con la que puedes incrementar hasta un 15% tu pensión mensual y además puedes conseguir el cobro de cantidades en conceptos de atrasos

¿Qué es el Complemento de Paternidad para hombres?

El complemento de paternidad para hombres tiene su origen en el complemento por maternidad que en en 2015 con la finalidad de complementar las pensiones contributivas de viudedad, jubilación e incapacidad permanente. Originariamente, los beneficiarios de este complemento eran sólo las mujeres que hubieran tenido hijos biológicos o adoptados, por su aportación demográfica a la Seguridad Social.

En 2019, y tras la lucha de un hombre que se encargó del cuidado de hijos, el Tribunal de Justicia Europea terminó declarando que este mismo complemento debería ser para los padres al declararlo como algo discriminatorio hasta esa fecha. Hecho que hizo que este complemento pasara a llamarse Complemento para la reducción de la brecha de género.

Por eso, cualquier hombre pensionista (jubilado, viudedad o incapacidad) con 2 ó más hijos, tiene acceso a recibir un incremento en su pensión mensual como al mismo tiempo recuperar importantes cantidades atrasadas dependiendo del tiempo de inicio de su jubilación.

¿Quién puede reclamar el complemento de paternidad?

Para poder reclamar el complemento de paternidad para hombres, se deben cumplir los siguientes requisitos:

¿Qué documentos necesitas para reclamar el Complemento por paternidad?

Para poder reclamar el complemento de paternidad (o de reducción de brecha de género) siendo hombre, se necesitan los siguientes documentos:

Reclamación del Complemento de Paternidad
Independientemente de en qué lugar te encuentres ubicado, nuestros Abogados contactarán contigo desde nuestro despacho de abogados en Gijón para comenzar con el proceso y los trámites necesarios para encargarse de la reclamación directamente ante el INSS vía administrativa.

¿Hasta cuándo se puede reclamar?

Siempre.

El derecho a reclamar NO PRESCRIBE.

El artículo 212 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en lo sucesivo, TRLGSS) establece lo siguiente: «El derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación es imprescriptible, sin perjuicio de que, en los
supuestos de jubilación en situación de alta, los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la correspondiente solicitud».

Por todo ello, no resulta de aplicación el plazo de 5 años dispuesto en el artículo 53.1 del TRLGSS.

Así lo ha entendido recientemente la Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (Pleno) N.º 322/2024 de 21 de febrero de 2024 (Rec. 862/2023).

¿Cuánto tiempo puede durar el proceso de reclamación?

Aunque no de puede precisar la duración exacta, el proceso puede durar entre 3 meses y un año, aproximadamente.

¿Qué cantidad es la que me puede corresponder y podría recuperar?

Veamos un supuesto representativo de un caso típico de un hombre jubilado que desea acceder a la recuperación de las cantidades atrasadas como también al aumento significativo de su pensión mensual.

A un padre con 3 hijos, el 26/07/2018 el INSS le reconoció una prestación contributiva de jubilación del 100 % sobre una Base Reguladora mensual de 2.173,24 €, en 14 pagas anuales.

Actualmente (2024) cobra una pensión de 2.636,14 €/mes brutos (2.056,19 €/mes líquidos).

Beneficios que podrá obtener al reclamar el complemento de paternidad:

⭐️ En concepto de atrasos podría obtener más de 21.000 €.
⭐️ Y, además, en lo sucesivo, podría ver incrementada su pensión mensual en un 10% más (más de 200 € adicionales al mes)

 

Nuestros abogados especialistas en la Reclamación del Complemento de Paternidad en Gijón te atienden

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